Fuente: http://www.letralia.com/
- Podrán optar al Premio de Novela Francisco Casavella todas las novelas inéditas escritas en lengua castellana y que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso.
- Las obras deberán tener una extensión mínima de 150 páginas, tamaño DIN A4, mecanografiadas a doble espacio.
- La cuantía del Premio será de 6.000 euros, cuantía que será asimismo considerada como anticipo por la cesión de los derechos de edición de la obra. El ganador se compromete a suscribir el contrato de cesión en exclusiva, para todo el mundo y en lengua castellana, de derechos de edición que Ediciones Destino, S. A., Empresa Editorial le presentará con sujeción a los términos y condiciones indicados en la condición número 12 de estas bases, y Destino se compromete a publicar la obra en el curso de un año desde la concesión del Premio.
- El Premio será otorgado por votación de un jurado de tres miembros. Las deliberaciones del jurado, cuya composición Destino se reserva el derecho de modificar, serán secretas y sus decisiones se adoptarán por mayoría. Sin perjuicio del contenido del fallo definitivo del concurso, Destino no responde de las opiniones manifestadas por el jurado o por cualquiera de sus miembros, antes o después de la emisión de aquél, en relación con cualquiera de las obras presentadas.
- En ningún caso el Premio podrá ser repartido entre dos o más novelas, sino que será concedido íntegro a una sola obra; pero podrá ser declarado desierto si el jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.
- Los originales deberán enviarse por correo electrónico en dos archivos: uno con el texto en formato PDF, cuyo título debe corresponder con el de la novela, y otro, en Word, en el que conste el nombre del autor, el número de documento nacional de identidad o pasaporte y su domicilio. En el caso de presentar la obra bajo seudónimo, los participantes enviarán el original por correo postal, también en PDF, en un CD u otro soporte digital, junto con la correspondiente plica con el nombre, número de documento nacional de identidad o pasaporte y domicilio. En cualquiera de los dos casos, el autor que presente una obra al Premio deberá remitir, además, una declaración firmada en la que deberán constar, necesariamente, todos y cada uno de los siguientes extremos:
- Manifestación expresa del carácter original e inédito en todo el mundo de la obra que se presenta, así como que no es copia ni modificación, total o parcial, de ninguna otra obra propia o ajena;
- Manifestación expresa de la titularidad exclusiva del autor sobre todos los derechos de la obra y que la misma se encuentra libre de cargas o limitaciones a los derechos de explotación;
- Manifestación de que la obra presentada al Premio no ha sido presentada a ningún otro concurso que esté pendiente de resolución en el momento de la presentación de la obra al Premio;
- Manifestación expresa de la aceptación por el autor de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes bases; y
- Fecha de la declaración y firma original.
- El plazo de admisión de originales termina el 14 de marzo de 2013. Deben ser remitidos a la siguiente dirección de correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , con la indicación, en el asunto del mensaje, “Para el Premio de Novela Francisco Casavella”. Como confirmación de que el original ha sido admitido, el concursante recibirá un mensaje de correo electrónico. En el caso de los originales en CD u otro soporte digital bajo pseudónimo remitidos por correo, éstos se harán llegar a nombre de Ediciones Destino, Avda. Diagonal 662-664, 08034 Barcelona (España) con la misma indicación. Destino admitirá aquellos respecto de los que tenga constancia de que han sido enviados hasta dicha fecha, siempre que no altere el normal desarrollo del concurso. - Ninguno de los originales presentados al Premio dentro del plazo y en la forma debida podrá ser retirado antes de hacerse público el fallo del jurado. La presentación al Premio implica para el concursante la aceptación íntegra e incondicional de estas bases, así como el consentimiento irrevocable del autor a la divulgación de la obra presentada en caso de resultar premiada.
- Adjudicado el Premio, no se devolverán los originales presentados en CD a los autores no premiados, que serán destruidos. Del mismo modo, Destino se compromete a eliminar los archivos recibidos a través de correo electrónico.
- Destino no mantendrá correspondencia con los autores que se presentan al Premio ni facilitará información sobre la clasificación y valoración de las obras.
- El fallo del jurado del Premio de Novela Francisco Casavella 2013 se hará público en junio, fallo que será inapelable.
- El otorgamiento del Premio supone que el autor de la obra galardonada cede en exclusiva a Destino todos los derechos de explotación sobre esa obra. Eso incluye, entre otros, los derechos de reproducción por cualquier sistema gráfico, mecánico, electrónico, reprográfico, digital, o de cualquier otra índole; distribución en cualquier formato o soporte y canal, y mediante venta, alquiler, préstamo o cualquier otra forma; comunicación pública a través de proyección audiovisual, representación escénica, emisión por radiodifusión, transmisión por cable, fibra óptica, alámbrica o inalámbrica, sistemas telemáticos, digitales u on-line, incorporación a bases de datos, o mediante cualquier otro sistema; transformación, incluida la traducción y la adaptación a obra audiovisual o dramática, u otras obras derivadas, y en general, para todas las modalidades de explotación y medios de difusión conocidos en el momento del otorgamiento del premio, en todos los países y lenguas del mundo, y por todo el período de vigencia de los derechos de Propiedad Intelectual. La cesión de los derechos de explotación de la obra ganadora supone la cesión de derechos de edición en forma de libro, bajo las modalidades de tapa dura o cartoné, tapa flexible, rústica, ediciones económicas y/o de bolsillo, de lujo, de bibliófilo, ilustradas, especiales para empresas u otras editoriales, para escuelas, club, CD-ROM u otros soportes digitales o magnéticos, inclusión en colecciones de la editorial o en publicaciones periódicas de forma parcial o completa, y cualesquiera otras modalidades conocidas en ese momento. Destino podrá efectuar la explotación de los derechos sobre la obra galardonada directamente por sí misma o suscribir, con cualquier otra compañía de su grupo empresarial o con terceros, en exclusiva o no, los acuerdos que resulten precisos para posibilitar la mejor explotación y ejecución de aquéllos y en las diversas modalidades, tanto en España como en el extranjero. El autor galardonado se obliga a suscribir el contrato o contratos de edición, de cesión de los derechos de explotación sobre las obras premiadas, y demás documentos que sean precisos para formalizar oportunamente dichas cesiones. Destino podrá efectuar una primera edición de la novela galardonada con un mínimo de mil (1.000) y un máximo de cien mil (100.000) ejemplares, con las reimpresiones que, dentro de dichos totales, libremente decida el editor. Las ediciones sucesivas que sigan a la primera, y que comprenderán iguales mínimos y máximos que los señalados, serán libremente determinadas por el editor, y podrán llegar hasta cincuenta (50). La decisión acerca de la modalidad en que deba efectuarse cada una de las sucesivas ediciones y el sistema de distribución comercial corresponderá única y exclusivamente al editor. Por los ejemplares vendidos, Destino satisfará al autor el diez por ciento (10%) en las ediciones tipo tapa dura o flexible y/o rústica, el seis por ciento (6%) en las ediciones de bolsillo y el cinco por ciento (5%) en las restantes modalidades. Estos porcentajes se calcularán sobre el precio de venta al público sin IVA de los ejemplares vendidos de las distintas ediciones. En el caso de que la explotación de los derechos se lleve a cabo por medio de terceros, la remuneración de los autores será el sesenta por ciento (60 %) de los ingresos netos que obtenga Destino. En el caso de la publicación de la obra en formato de libro electrónico, el autor recibirá, en concepto de regalía el 25% sobre ingreso neto del editor, es decir, ingreso después de descontar los descuentos al distribuidor.
- Destino se reserva el derecho de obtener la cesión para la explotación en cualquier modalidad de las obras que, presentadas al Premio y no habiendo sido galardonadas con el primer premio, pudieran interesarle, siempre que comunique al autor correspondiente dicha decisión en el plazo máximo de noventa (90) días hábiles a contar desde la fecha en que se haga público el fallo del Premio de Novela Francisco Casavella 2013. El autor se obliga frente a Destino, en el supuesto de recibir dicha comunicación en el plazo indicado, a ceder, en las condiciones que se establezcan, los derechos de explotación de su obra.
- Para cualquier duda, discrepancia, reclamación o cuestión que pueda suscitarse con ocasión de la interpretación y ejecución de las presentes bases, las partes renuncian al foro propio que pudiera corresponderles y acuerdan someter el conflicto planteado a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona (España).